El Bono Consumo Tenerife es un programa, que ponen en marcha el Cabildo de Tenerife y FIFEDE, que permitirá que tu negocio pueda ofrecer descuentos de hasta 60 euros, sin que te cueste absolutamente nada. Estos descuentos son totalmente compatibles con otras ofertas o acciones promocionales de tu comercio, por lo que suponen una gran oportunidad para atraer clientela.
¿Cómo funciona? Las personas consumidoras pueden adquirir sus bonos en www.bonotenerife.es Estarán disponibles bonos con valor de 10, 30 y 60 euros. Para adquirirlos, deberán abonar la mitad del importe del bono. Una vez adquiridos, podrán acudir a los establecimientos adheridos y canjearlos al hacer sus compras.
Se podrá utilizar en una misma compra dos bonos, con independencia del importe de los mismos. Por lo tanto, se puede realizar una compra de 120 euros con dos bonos de 60 euros, por ejemplo. Además, cada persona podrá realizar un máximo de dos compras (cuatro bonos en total), pero en días diferentes.
Con esta iniciativa, las personas consumidoras podrán realizar sus compras con descuentos de hasta el cincuenta por ciento.
Requisitos de los comercios:
¿Cómo se canjean los bonos?
A la hora de canjear los bonos, se deberá contar con un dispositivo móvil con el que escanear un código QR y sacar una fotografía al ticket de compra.
¿Cuando cobraré los bonos?
Una vez canjeados los bonos en el establecimiento, el equipo del programa revisará que toda la documentación está correctamente y, si hubiera alguna incidencia, se comunicará al comercio los pasos que debe seguir para subsanarla. El plazo máximo para cobrar el importe de los bonos es de dos semanas a partir de cada compra, aunque es posible que la transferencia bancaria llegue antes.
¿Cómo me afectarán los bonos?
Los bonos no son una subvención o una ayuda pública, sino un método de pago más para su negocio (como una tarjeta de débito, efectivo, Bizum…).
¿Hay un límite de bonos por establecimiento?
Cada comercio podrá canjear hasta 6.000 euros en bonos, con independencia del valor de los mismos. Por lo tanto, pueden ser 100 bonos de 60 euros o 600 de 10, por ejemplo.
¿Cómo puedo participar?
Para inscribirte en el programa, deberás acceder a la página web www.bonotenerife.es www.bonotenerife.es y completar un sencillo formulario con los datos del establecimiento. En este mismo lugar se encuentran las condiciones de uso y toda la información necesaria. Plazo de adhesión de establecimientos: del 8 de abril al 8 de mayo.
¿Cuándo será la campaña?
El periodo de adquisición y canje de bonos está previsto para el periodo comprendido entre el 16 de mayo y el 30 de junio.
Más información: https://www.bonotenerife.es/
Correo electrónico: bonos@fifede.org
Teléfono: 922 100 008
Objeto: Subvenciones destinadas a sufragar los gastos derivados de acometer inversiones para la modernización, mejora de la competitividad y readaptación del comercio minorista, el sector de la restauración y servicios personales de la isla de Tenerife.
Plazo de presentación de solicitudes: del 23 de septiembre de 2021 al 07 de octubre de 2021.
Beneficiarios Beneficiarios: Podrán tener la condición de personas beneficiarias de estas subvenciones, siempre y cuando hayan iniciado actividad en el momento de presentar la solicitud y cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos de carácter general que se exigen a toda persona solicitante para que pueda obtener la condición de beneficiario:
Gastos subvencionables: Se podrán presentar dos modalidades diferentes de proyectos:
Modalidad A: Proyectos que buscan la modernización digital de pymes de los diferentes sectores beneficiarios. Se busca la transformación y adaptación y su incorporación al ámbito digital, incluyendo iniciativas que busquen la mejora de la productividad y competitividad e impulsando el comercio electrónico. Se valorará la introducción de mecanismos o herramientas que permitan a los diferentes establecimientos avanzar en la búsqueda de una experiencia omnicanal, entendiéndose esta por aquella en la que los clientes disfrutan de un enfoque multicanal para satisfacer sus necesidades, obteniendo una experiencia similar en cualquiera de los canales de venta.
Modalidad B: Proyectos de modernización y readaptación de pymes de los diferentes sectores beneficiarios. Se valorarán proyectos que buscan la transformación, modernización y mejora de los establecimientos comerciales, contribuyendo a mejorar la experiencia de los consumidores a través de iniciativas que impliquen la mejora de presentación de productos, la oferta de servicios diferenciados, la mejora de la imagen de los locales, así como toda aquella iniciativa que conlleve la búsqueda de una mayor diferenciación y aporte un valor añadido.
Importe a conceder: El importe máximo de la subvención a conceder por la totalidad de los gastos presentados a subvención será de 5.000,00 euros, este se determinará por concurrencia competitiva, donde se determinará el porcentaje a recibir en cada caso, sin que pueda superar el 50 % de la inversión a realizar.
Para más información:
https://sede.tenerife.es/es/tramites-y-servicios/item/8135-subvenciones-destinadas-a-la-mejora-de-la-competitividad-del-comercio-minorista-el-sector-de-la-restauracion-y-servicios-personalesObjeto: Paliar los efectos derivados del impacto de la COVID 19 sobre la demanda durante los años 2020 y 2021
Plazo de presentación de solicitudes: del 09 de septiembre de 2021 al 08 de octubre de 2021.
Beneficiarios/as
Las personas o entidades beneficiarias quedan obligada a no cesar definitivamente su actividad dentro de los CUATRO (4) MESES POSTERIORES al otorgamiento de la subvención.
Importe a conceder: Entre 1.500 € y un máximo de 6.500 €. Este importe variará en función de su plantilla media durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020:
Presentación de solicitudes:Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial (Anexo I de las bases) debiendo estar firmada telemáticamente por el solicitante o representante legal de la empresa. Deberán ser presentadas, junto con el resto de documentación, por vía telemática a través de la Sede Electrónica de FIFEDE ( sede.fifede.org)
Para más información: https://fifede.org/subvenciones/subvenciones-a-micropymes-y-autonomos-as-para-paliar-los-efectos-del-covid-19/
Tfnos: 666546527 / 666546528 / 666546535.
El OBJETO de estas subvenciones es fomentar la comercialización y búsqueda de nuevos mercados y canales de distribución de las empresas y autónomos del sector de la moda y artesanía de la isla de Tenerife, en particular:
Plazo de presentación de solicitudes: del 2 al 15 de septiembre de 2021
Beneficiarios: Empresas del sector de la moda y artesanos o artesanas que cumplan los siguientes requisitos:
Gastos Subvencionables: Se podrán financiar los siguientes tipos de gastos subvencionables que habrán de producirse en actividades dirigidas específicamente a empresas de los sectores en que se encuadren las empresas solicitantes:
Se podrán incluir entre los gastos susceptibles de ser subvencionados, los gastos realizados desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.
Los interesados deben presentar su solicitud exclusivamente a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife.
Más información (bases, convocatoria y presentación de solicitudes) :
https://sede.tenerife.es/es/tramites-y-servicios/item/8092-subvenciones-de-apoyo-a-la-estrategia-de-comercializacion-del-sector-de-la-moda-y-la-artesania-de-la-isla-de-tenerife-2021Objeto: facilitar liquidez a las micropymes y autónomo/as, que como consecuencia de la situación de alarma sanitaria se han visto obligados a presentar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), con el objeto de que puedan hacer frente a parte de los costes salariales que les permita poder mantener el empleo una vez superada la alarma sanitaria.
Convocatoria Abierta: del 23 de junio de 2020 hasta el 29 de octubre 2021Beneficiarios/as: Podrá ser beneficiaria cualquier persona física (autónomos/as) o entidad mercantil con o sin personalidad jurídica propia, con capital íntegramente privado, legalmente constituida, que tenga Centros de Trabajo en la isla de Tenerife y que cumplan los requisitos.
Requisitos:Consulte el apartado “11 de las Bases” para conocer las “Obligaciones de las personas beneficiarias”.
Cuantía: el importe de la subvención se calculará en función al número de contratos (a jornada completa) afectados por el ERTE, pudiendo percibirse desde 2.250€ (con un contrato afectado por el ERTE) a 6.750€ (con hasta 5 contratos afectados por el ERTE).
En contratos a jornada parcial, el importe de la subvención será proporcional al porcentaje de la jornada laboral. Para el cálculo del importe total de la subvención, en primer lugar, se considerarán los contratos a jornada completa, seguidos de los contratos a jornada parcial, de mayor a menor porcentaje de dicha jornada.
Compatibilidad/Incompatibilidad: Son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos para la misma o distinta finalidad, procedentes de otras Administraciones. En el caso que sean para la misma finalidad, si unidas con éstas superan el coste salarial total, durante el periodo de 6 meses, del personal afectado por el ERTE, se reducirá la subvención hasta que la suma de todas ellas no supere ese importe límite.
Procedimiento de concesión: Concesión directa conforme al art. 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se concederán en atención a la mera concurrencia de los condicionantes exigidos para ser empresa beneficiaria, sin que sea necesario establecer una comparación entre solicitudes ni la prelación entre las mismas Las solicitudes de subvención serán atendidas, siempre que no se precise requerir su subsanación, tomando como referencia la fecha y hora de su presentación. En el caso de que fuese precisa la subsanación, se tomará como referencia la fecha y hora de la presentación de la documentación con la que se completa válidamente la solicitud. Y, en todo caso, hasta el límite del crédito disponible para cada convocatoria
Documentación a aportar: